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Categoría: CONVIVENCIA el día 2010-04-14 21:15:10
Protocolos de actuación para la resolución de conflictos
El Acuerdo para la mejora de la convivencia escolar en los centros educativos, firmado el 18 de febrero de 2008 por los representantes de la comunidad educativa aragonesa y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, incluye, entre otras líneas de actuación, la elaboración de protocolos para la intervención y la resolución de conflictos graves con violencia con el fin de facilitar la labor de los centros.
Materiales propuestos

Para propiciar un adecuado clima de convivencia en los centros docentes, el marco normativo a aplicar será el establecido en La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE), en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en el Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, (BOE 131/95 de 2 de junio de 1995), por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia de los centros (RD 732/1995), en la Orden de 11 de noviembre de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (BOA 207/08 de 10 de diciembre de 2008) por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan de Convivencia escolar en los centros educativos públicos y privados concertados de la Comunidad autónoma de Aragón, y además, se tendrán en cuenta el Proyecto Educativo (PEC) y el Reglamento de Régimen Interior (RRI) de los centros.
Los órganos de gobierno de los centros, así como la Comisión de Convivencia, adoptarán las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los deberes y el ejercicio de los derechos de los miembros de la comunidad educativa y para evitar también la aparición de conflictos graves con violencia. De igual forma, se potenciará la creación y el funcionamiento de comisiones de mediación y tratamiento de conflictos.
Los términos utilizados en este protocolo para nombrar a los órganos unipersonales de gobierno, en el caso de los centros privados concertados, podrán adaptarse a lo contemplado en sus Reglamentos de Régimen Interior, así como sus funciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar.
Todas las referencias utilizadas en este documento están expresadas con la forma del genérico masculino pero deben entenderse con la denominación correspondiente según sea la condición masculina o femenina de la persona mencionada.
Los protocolos, que se proponen, tienen como objetivo facilitar la coordinación y la intervención en situaciones de conflictos graves en los centros educativos. Se plantean tres tipos de protocolos de actuación, según sean conflictos graves con violencia entre alumnos, conflictos graves con violencia entre adultos y conflictos graves con violencia en las relaciones asimétricas.
Se presentan como una sugerencia de actuaciones ordenadas y orientadas a un tratamiento integrado y a una resolución colectiva de los conflictos.
Para favorecer el reparto de responsabilidades y la coordinación en la acción se propone adoptar diferentes fases: fase primera (detección y control); fase segunda (estudio y valoración); fase tercera (instrucción expediente/apertura del proceso); fase cuarta (medidas de apoyo y seguimiento). Se proponen, además, una serie de documentos de apoyo en los anexos para facilitar las distintas intervenciones en el desarrollo de los protocolos.
Se trata de protocolos orientativos que necesitan ser contextualizados o adaptados a los centros y su entorno, para finalmente, tras un período de utilización, ser incluidos en los documentos institucionales de los respectivos centros, promoviendo ese tratamiento integrado de la convivencia.
Precisan de la corresponsabilidad de la comunidad educativa en la gestión de los conflictos, lo que supone la revisión y optimización de los canales de información y participación, la revisión y actualización de los documentos institucionales y el fomento de las relaciones con otros agentes sociales (Servicios sociales, sanitarios, jurídicos, policiales…).
Estos protocolos vienen a complementar los aportados en la Guía “Cuento Contigo”. Esta guía consta de cuatro módulos: la convivencia entre iguales, la convivencia en la interculturalidad, la convivencia en las relaciones de género, y, convivencia profesores y alumnos. El primer módulo introduce en el concepto de la convivencia, las relaciones interpersonales y los conflictos entre iguales, a la vez que hace propuestas para favorecer la convivencia. Posteriormente se centra en el tema de acoso entre iguales (alumnos), por tanto si el conflicto detectado se define como acoso escolar, resultará de interés aplicar el protocolo de actuación recogido en la mencionada publicación (pág. 92 y ss.). El resto de los módulos siguen el mismo esquema, aunque se centran en otros aspectos como la interculturalidad, las relaciones de género y la convivencia profesores-alumnos.
Por último, los centros docentes garantizarán las confidencialidad de los datos personales de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como cualquier otra información que pudiera afectar a la imagen, dignidad e intimidad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa y de la propia institución educativa.
No obstante, el director del centro docente público o el titular del centro docente privado concertado podrán comunicar, simultáneamente al Ministerio Fiscal y al Servicio Provincial de Educación correspondiente, cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de delito o falta penal, sin perjuicio de adoptar las medidas provisionales oportunas.