CERTIFICADO DE PROVEEDOR A LARGO PLAZO
Categoría: Documentos el día 2010-02-12 20:00:26
Mi cliente alemán me solicita una declaración de proveedor a largo plazo. ¿Qué debo facilitarle?
La declaración de proveedor a largo plazo se contempla para casos en los que como proveedores, suministramos regularmente a un comprador determinado, mercancías con origen preferencial.
Esta declaración sirve a nuestros clientes establecidos en
Una Declaración del proveedor a largo plazo (long term declaration for goods having preferential origin status) podrá expedirse para un período de hasta un año a contar desde la fecha de presentación de la declaración. Las autoridades aduaneras podrán fijar las condiciones en las cuales pueda contemplarse un período más largo.
Esta declaración, está prevista en el Reglamento (CE) Nº 1207/2001 del Consejo, relativo al procedimiento destinado a facilitar la expedición de los certificados de circulación de mercancías EUR1. Establece una serie de modelos de declaraciones de proveedor que servirán para los exportadores como prueba de apoyo en la solicitud de expedición de los certificados de circulación de mercancías EUR1
Pueden encontrar los diferentes modelos de declaración publicados en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas Reglamento (CE) Nº 1207/2001.
INFORMACIÓN OBTENDIA A TRAVÉS DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE ZARAGOZA POR J.A.S
EL CRÉDITO DOCUMENTARIO
Categoría: Documentos el día 2010-02-12 19:55:42
Considerado el instrumento de pago internacional más seguro, resulta de gran utilidad cuando la confianza entre importador y exportador es escasa.
Mediante el crédito documentario el exportador minimiza los riesgos que conlleva su operación, pues el pago será efectuado por una entidad de crédito, evitando así la necesidad de evaluar la capacidad de pago de un comprador lejano y, a menudo, desconocido.
El crédito documentario consiste en una operación por la que el comprador de una mercancía o receptor de un servicio presta, por medio de su banco, una garantía de pago al vendedor o suministrador, siempre que se hayan cumplido unas condiciones acordadas previamente. Por medio de este instrumento se protegen los intereses tanto del importador como del exportador.
Una vez que comprador y vendedor llegan a un acuerdo en la utilización de crédito documentario y en sus términos, su operativa habitual básica es la siguiente:
1. El importador solicita a su banco la apertura del crédito documentario a favor del exportador.
2. El banco, previo estudio de las garantías del importador, emite el crédito, por lo general, a través del sistema SWIFT.
3. El banco avisador informa al exportador de la apertura del crédito.
4. El exportador embarca la mercancía.
5. El exportador entrega los documentos conformes al banco avisador.
6. El banco negocia los documentos y abona su cuenta al exportador.
7. El banco del exportador remite documentos al banco del importador.
8. El banco emisor revisa documentos, se los entrega al importador y abona la cuenta al banco avisador
El crédito documentario cuenta con una regulación específica aceptada internacionalmente, las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios, publicación 600 de
CUÁLES SON LAS VENTAJAS
El beneficiario del crédito documentario, el exportador, es en realidad el gran beneficiado: quien vende no precisa solicitar informes de su posible comprador, ya que el crédito documentario es una operación de riesgo para el banco emisor, y, por ello, este último se asegurará de la solvencia del importador antes de emitir un crédito en favor de la empresa exportadora.
El exportador no va a enviar la mercancía hasta que no tenga la garantía de pago, esto es, la apertura del crédito. Es decir, que no cede la propiedad de la mercancía hasta que se asegura el cobro. Si los documentos son rechazados por el ordenante por existir discrepancias, el exportador mantiene la propiedad de la mercancía y puede recuperarla para su posterior venta a otros clientes.
Y LOS INCONVENIENTES
Para la empresa exportadora el mayor inconveniente de este medio de pago es su coste, superior al de otros. Sin embargo, la compañía puede tratar de negociar las condiciones que aplica su banco a este tipo de instrumento, ya que al recibir un crédito documentario a su favor, el banco tiene noticia del firme propósito de su cliente de iniciar la internacionalización de su actividad, con lo que considerará que a este primer crédito documentario pueden seguir muchos otros.
El importador, por su parte, debe soportar gastos y comisiones de su banco por la emisión de un crédito documentario. Este aspecto es especialmente importante, ya que la iniciativa de abrir un crédito documentario tiene que partir del importador. Sin embargo, a la hora de negociar, la empresa exportadora puede resaltar las ventajas de este instrumento para el importador, con el fin de convencerle de la conveniencia de utilizar el crédito documentario como medio de pago de la operación.
Por otra parte, el crédito documentario es el medio de pago más complejo, ya que la empresa exportadora debe ser totalmente rigurosa al elaborar documentos, normalmente redactados en inglés, con los que, a menudo, las firmas poco experimentadas en comercio internacional no están familiarizadas
EORI
Categoría: Documentos el día 2010-02-12 19:49:08
La aplicación del EORI asegurará que las medidas para mejorar la seguridad introducidas por la Enmienda de Seguridad (Reglamento (CE) nº 648/2005, del Consejo) y sus Disposiciones de Aplicación sean más efectivas al permitir identificar a todos los operadores mediante un número común único en toda la UE.
- ¿Cuándo comenzará a utilizarse el EORI?
Se comenzará a utilizar a partir del 1 de julio de 2009.
No obstante, dado el retraso en la implementación en determinados Estados Miembros, no será obligatoria su consignación en las declaraciones aduaneras en tanto el sistema no alcance una aplicación homogénea en toda la Unión Europea. Durante este período, los operadores podrán seguir consignando su NIF en sus declaraciones aduaneras.
La implementación del número EORI no tendrá un impacto muy importante ya que, temporalmente, no será obligatorio consignarlo en las declaraciones aduaneras. En consecuencia, los operadores tendrán un amplio período para adaptarse a esta nueva figura. ¿Quién necesita un número EORI y cómo se puede obtener?
Todos los operadores económicos que realicen actividades aduaneras en la Comunidad deben obtener un número EORI
La legislación restringe la asignación de un EORI a aquellos operadores con personalidad jurídica propia e independiente, por lo que las sucursales y los establecimientos permanentes de otras entidades deberán utilizar el número EORI asignado a su matriz.
- ¿Cuál será el impacto sobre el comercio al inicio de su utilización?
Ahí va algo de información sobre el EORI que obtuve a través de la página de la Agencia Tributaria. Está diseñada en forma de preguntas y respuestas, lo que resulta bastante claro para comprender mejor todas sus particularidades.
B.G.A.
-¿Qué es un EORI?
Un EORI es un número, único en toda la Unión Europea, asignado por la autoridad designada en cada Estado Miembro a los operadores económicos y, cuando corresponda, a otras personas, que debe ser utilizado como referencia común en las relaciones de éstos con las autoridades aduaneras de toda la Comunidad.
- ¿Cuáles son las razones que motivan la introducción del EORI?
- El EORI y el OEA, ¿son lo mismo?
No, no lo son. Según la definición contenida en las Disposiciones de Aplicación del Código Aduanero Comunitario, operador económico es una persona que, en el marco de sus actividades profesionales, efectúa actividades reguladas por la legislación aduanera mientras que los Operadores Económicos Autorizados son operadores de confianza en sus operaciones aduaneras y que, en consecuencia, disfrutarán de ventajas en toda la Unión Europea.
Es decir, todos los operadores económicos deben tener un número EORI mientras que sólo aquellos que lo deseen solicitarán un certificado de OEA, para beneficiarse de las ventajas correspondientes.
DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG)
Categoría: Documentos el día 2010-02-12 19:31:36
J.G.B.
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El DEG es un activo de reserva internacional creado en 1969 por el FMI para complementar los activos de reserva existentes de los países miembros. Los DEG son asignados a los países miembros en proporción a sus cuotas en el FMI. El DEG también sirve como unidad de cuenta del FMI y otros organismos internacionales. Su valor está basado en una cesta de las principales del mundo. |
¿Por qué se creó el DEG y para qué se usa en la actualidad?
El Derecho Especial de Giro (DEG) fue creado en 1969 por el FMI para apoyar el sistema de paridades fijas de Bretton Woods. Los países que participaban en este sistema necesitaban reservas oficiales —tenencias del gobierno o el banco central en oro y monedas extranjeras de amplia aceptación— que pudiesen ser utilizadas para adquirir la moneda nacional en los mercados cambiarios mundiales, de ser necesario, a fin de mantener su paridad cambiaria. Pero la oferta internacional de dos activos de reserva fundamentales —el oro y el dólar de EE.UU.— resultaba inadecuada para apoyar la expansión del comercio mundial y el desarrollo financiero que estaba teniendo lugar. Por consiguiente, la comunidad internacional decidió crear un nuevo activo de reserva internacional con el auspicio del FMI.
Sin embargo, pocos años después, el sistema de Bretton Woods se derrumbó y las principales monedas pasaron a un régimen de tipo de cambio flotante. Además, el crecimiento de los mercados internacionales de capital facilitó el endeudamiento de los gobiernos solventes. Ambos fenómenos redujeron la necesidad del DEG.
En la actualidad, la importancia del DEG como activo de reserva es limitada y su principal función es la de servir como unidad de cuenta del FMI y de otros organismos internacionales. El DEG no es ni moneda ni activo frente al FMI. Más bien representa un activo potencial frente a las monedas de libre uso de los países miembros del FMI. Los tenedores de DEG pueden obtener estas monedas a cambio de sus DEG mediante dos operaciones: primero, la concertación de acuerdos de canje voluntario entre países miembros y, segundo, la designación, por parte del FMI, de países miembros con una sólida situación externa para que compren DEG a países miembros con una situación poco firme.
Valoración del DEG
Inicialmente, el valor del DEG se definió como un valor equivalente a
La composición de la cesta se revisa cada cinco años, a fin de velar por que refleje la importancia relativa de cada moneda en los sistemas comerciales y financieros mundiales. En la revisión más reciente, que tuvo lugar en noviembre de 2005, las ponderaciones asignadas a las monedas en la cesta del DEG fueron revisadas con base en el valor de las exportaciones de bienes y servicios y al monto de las reservas denominadas en las respectivas monedas que eran mantenidas por otros países miembros del FMI. Estos cambios entraron en vigor el 1° de enero de 2006. La próxima revisión del Directorio Ejecutivo tendrá lugar a fines de 2010.
La tasa de interés del DEG
La tasa de interés del DEG constituye la base para calcular los intereses que se cobran a los países miembros por el financiamiento ordinario (no concesionario) del FMI, los intereses que se pagan y se cobran a los países miembros por sus tenencias de DEG, así como la tasa de interés que se paga a los países miembros por una parte de sus cuotas de suscripción. La tasa de interés del DEG se establece semanalmente y se basa en el promedio ponderado de las tasas de interés representativas de la deuda a corto plazo en los mercados de dinero de las monedas que integran la cesta de valoración del DEG.
Asignaciones de DEG
En virtud de su Convenio Constitutivo, el FMI puede asignar DEG a los países miembros en proporción a sus cuotas. Dicha asignación ofrece a cada miembro un activo que no le cuesta nada y por el cual ni se devengan ni se pagan intereses. Empero, si las tenencias de DEG de un país miembro superan al nivel asignado, este devenga intereses sobre el excedente, mientras que si mantiene un nivel inferior al asignado paga intereses sobre el déficit. El Convenio Constitutivo también prevé la cancelación de DEG, pero esta disposición nunca se ha utilizado. El FMI no puede asignarse DEG a sí mismo.
Existen dos tipos de asignaciones:
Las asignaciones generales de DEG deben basarse en una necesidad mundial y a largo plazo de complementar los activos de reserva existentes. La necesidad de asignaciones generales se estudia cada cinco años, pero solo en dos ocasiones se ha tomado la decisión de asignar DEG. La primera asignación, por un total de DEG 9.300 millones, se distribuyó en 1970-72. La segunda asignación se distribuyó en 1979-81 y elevó el total acumulado de asignaciones a DEG 21.400 millones.
En septiembre de 1997,
Esta información la he obtenido a través de la red. Si te ha parecido interesante, deja tu comentario.
RECORTES DE COMERCIO EXTERIOR
Categoría: Actividades el día 2010-02-12 19:21:47
A lo largo de una semana recoged información en prensa escrita, radio, televisión, internet sobre cualquier aspecto relacionado con el módulo de Gestión Administrativa de Comercio Internacional. Elaborad un documento de word citando la fuente de la que procede dicha información y enviádmelo por correo electrónico. Los trabajos serán colgados en el Blog de Comercio Ingernacional, en las categorías: Documentos, Noticias, Enlaces, Actividades. Con posterioridad trabajaremos sobre vuestros hallazgos. No os olvideis de firmar con vuestras iniciales.
ZONAS FRANCAS
Categoría: Documentos el día 2010-02-12 19:03:20

Una zona franca es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios, como el no pagó de derechos de importación de mercancías o el no cobró de algunos impuestos. Muchos gobiernos de países establecen zonas francas en regiones apartadas o extremas con el fin de atraer capitales y promover el desarrollo económico de la región. En las zonas francas suelen crearse grandes centros de compra y se instalan con frecuencia, también, industrias maquiladoras o almacenes especiales para la mercancía en tránsito. A veces son llamadas puertos libres, por una analogía con los puertos libres conocidos desde hace mucho tiempo: los puertos libres de tasas aduaneras o con regulaciones de tasas favorables; por ejemplo, el puerto libre de Trieste. A menudo los puertos libres son parte de las zonas económicas libres.
En 1929 Barcelona y Cádiz obtenían la concesión de una Zona Franca para su industria exportadora, y la tercera Zona Franca se ubica en el puerto de Vigo mediante Real Decreto de 20 de junio de 1947; en 1998, se crea mediante Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, la cuarta Zona Franca de España, la de Las Palmas de Gran Canaria.
Esta información proviene de la Wikipedia C.R.P
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